Union Europea (Reg. 2018/848)

El nuevo reglamento

Desde el 1 de enero de 2022, el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, es el acto legislativo aplicable, también conocido como acto de base, por el que se establecen las normas sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga y sustituye el Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007.  Sin embargo, el Reglamento (UE)  2018/848, en su artículo 57, apartado 1 establece disposiciones transitorias para organismos de control que realizan controles y emiten certificados en terceros países (donde opera BIO LATINA); donde se establece que el reconocimiento de los organismos de control concedido de conformidad con el artículo 33, apartado 3, del Reglamento 834/2007 caducará a más tardar el 31 de diciembre de 2024. 

 Esto significa que los operadores cuentan con un periodo de transición entre el 1 de enero 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024, para adaptar su actividad al nuevo reglamento. Por lo tanto, a más tardar el 1 de enero de 2025, todos nuestros clientes actualmente certificados bajo las Normas Básicas para la Agricultura Orgánica de BIO LATINA, equivalente al reglamento 834/2007, tendrán que contar con una certificación bajo el reglamento 2018/848 para poder exportar sus productos ecológicos a la UE. 

 En la actualidad BIO LATINA se encuentra en el proceso de su reconocimiento por parte de la Comisión Europea bajo el nuevo reglamento, lo que también significa que durante este período de transición y tan pronto BIO LATINA obtenga su reconocimiento bajo el nuevo reglamento, los operadores bajo nuestro régimen de control deberán cumplir el nuevo reglamento. 

Reglamento (UE) 2018/848

El enlace que le proveemos es mediante la opción “Up-to-date linkdisponible en la plataforma EUR-Lex de la Europea y proporciona acceso a la versión consolidada más reciente disponible.   

» Reglamento (UE) nº 2018/848

Reglamentos secundarios

Es sobre la base del Reglamento (UE) 2018/848 que la Comisión adopta otros actos jurídicos secundarios. Los actos relevantes a las actividades de certificación de BIO LATINA y en los países donde operamos, se presentan a continuación: 

Produccion Controles Países Terceros
Reg. (UE) No 2020/464
Ganadería: Art. 2 – Art. 21, Anexo II
Preparación: Art. 23 – Art. 24
Reg. (UE) 2021/279
Presencia de productos y substancias
próhibidas: Art. 1-2Exigencias para
grupos de pequeños productores:
Art. 4, 5 y 6
Reg. (UE) No 2021/1698
Solicitudes de reconocimiento: Art. 1-2
Supervisión: Art: 3-8
Controles en países terceros: Art. 9-16
Otras acciones a implementar por parte
de OC: Art. 17-27.
Circunstancias catastróficas en países
terceros: Art. 28-29
Reg. (UE) No 2020/2146
Circunstancias catastroficas: Art. 1-3.
Reg. (UE) 2021/771
Inspecciones de grupos: Art. 2
Reg. (UE) 2021/1378
Certificado países terceros: Art. 1 Anexo I
Listado de OC conformes reconocidos:
Art. 2 y anexo II
Reg. (UE) No 2021/1165
Pesticidas: Art. 1 Anexo I.
Fertilisantes: Art. 2 & Anexo II.
Alimentos para animales: Art. 3-4 & Anexo III
Substancias para limpiar y desinfectar: Art. 5
& anexo IV.
Aditivos para alimentos: Art. 6 & anexo V.A.
Ingredientes no organicos: Art. 7 & anexo V.B
Levadura: Art. 8& anexo V.C
Vino: Art. 9 & anexo V.D.
Particularidades para paises terceros: Art. 10
& anexo VI
Reg. (UE) 2021/2119
Registros: Art. 2
Reg. (UE) 2021/2306
Verificación en el país tercero: Art. 3
COI: Art. 4, 5 & Anexo I, procedimiento de
importarción

Preguntas frecuentes sobre el Reglamento 2018/848 (en inglés)

Eur-Lex, base de datos de la legislación en la Unión Europea

Autoevaluación

Desea conocer el estado de cumplimiento y como debe prepararse en esta transición hacia el Reglamento 2018/848, lo invitamos a llenar esta autoevaluación. Si usted es operador de BIO LATINA, por favor envíelo a su coordinador a fin de obtener una retroalimentación sobre los aspectos críticos de cumplimiento que su operación podría enfrentar en el día a día.  

» SEA-EUR-200623 v1

Información del portal de información de la UE sobre agricultura ecológica

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    Contacto
    • Jorge Torres
    • central@biolatina.com